ADMINISTRACIÓN DE TERRENOS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
BASE LEGAL La Ley Núm. 13 de 16 de mayo de 1962, según enmendada, conocida como "Ley de la Administración de Terrenos de Puerto Rico", crea esta Administración, a fin de promover, en forma planificada y eficiente, el uso de los terrenos. Conforme al Plan de Reorganización Núm. 4 de 22 de junio de 1994, según enmendado, se crea el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y se le adscribe la Administración de Terrenos como uno de sus componentes operacionales. MISIÓN Adquirir, conservar y desarrollar terrenos, de forma eficiente y planificada, para encauzar proyectos de desarrollo urbano, económico, social y de conservación, que contribuyan al bienestar y a la calidad de vida de todos los habitantes de Puerto Rico. RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO APROBADO PARA
EL AÑO FISCAL 2020-2021 El Presupuesto
considera las recomendaciones del Plan Fiscal presentado a la Junta de
Supervisión y Administración Financiera, creada bajo la Ley de
Supervisión, Administración, y Estabilidad Económica de Puerto Rico
(Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act of 2016, en
adelante "PROMESA", por sus siglas en inglés), Pub. L. No. 114-187,130
Stat. 2183 (2016). Este presupuesto permitirá el cumplimiento con los
deberes ministeriales de cada entidad gubernamental cónsono con la
aplicación de la política pública, así como con las disposiciones y
limitaciones de gasto en el año eleccionario.
Adquisición, Planificación y Desarrollo, Disposición, Arrendamiento y Reserva de Terrenos Descripción del Programa Propicia el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico e impulsa el desarrollo de la vivienda. Promueve proyectos comerciales, turísticos e industriales, la renovación de los centros urbanos, vertederos y transferencia urbana. Protege los recursos naturales y la construcción de proyectos públicos, a través de la adquisición, disposición y arrendamiento de terrenos. Por medio de la creación de reservas de terrenos, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico garantiza su disponibilidad para su futuro desarrollo. Además, vela porque se utilice la tierra de la forma que mejor beneficie a los intereses del pueblo, de acuerdo con las políticas públicas establecidas sobre el uso y desarrollo más eficaz y compacto del suelo. Clientela Organismos de los gobiernos estatales y municipales, individuos, entidades privadas y organizaciones sin fines de lucro. |